Aclaración sobre los informes de ADIF

Ante el artículo publicado en el que se asegura que el equipo de Gobierno del Ayuntamiento de San Andrés del Rabanedo ignoró informes sobre irregularidades en las obras de ADIF, se especifica lo siguiente:

  • El equipo de Gobierno no solo no ignora informes técnicos, sino que los utiliza motu proprio en defensa de los intereses del municipio.
  • Se han requerido informes tanto al departamento de Urbanismo como a la Policía Local, a la Escuela Municipal Infantil Hermana Carmen Gómez e incluso se han solicitado al Centro de Referencia Estatal de la Discapacidad y la Dependencia.
  • Todos los informes realizados por técnicos municipales se han expuesto y dirigido a los responsables de ADIF así como del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en las continuas reuniones que se han mantenido a lo largo de estos últimos años, tanto en el ámbito político como en el técnico.
  • Los informes han servido, entre otras cuestiones, para que se haya podido postergar e incluso paralizar los planes de ADIF para derribar el puente de Trobajo, alegando los argumentos ofrecidos por los técnicos municipales.
  • Ante una comunicación de ADIF en la que se traslada el proyecto haciendo mención a que se encuentra bajo la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, se solicita un informe al arquitecto municipal, que con fecha de 21 de diciembre de 2020, especifica que “respecto de la tramitación de proyectos de infraestructura ferroviaria, la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario, en su Artículo 6, señala que la aprobación de los proyectos, construcción y puesta en servicio de infraestructuras ferroviarias integrantes de la Red Ferroviaria de Interés General corresponde a los administradores de infraestructuras ferroviarias a los que se refiere el artículo 22 de esta ley la aprobación de los proyectos básicos y de construcción de las infraestructuras ferroviarias de su titularidad así como de su construcción”.
  • También se apunta en este informe de 21 de diciembre de 2020 que “el administrador de infraestructuras ferroviarias no precisará autorizaciones, permisos ni licencias administrativas de primera instalación, funcionamiento o apertura, previstas en la normativa vigente para el desarrollo de las actividades directamente vinculadas al tráfico ferroviario”.
  • Además, se señala que “no observan nuevas afecciones a las ya integradas en la fase de coordinación del proyecto ni nuevas necesidades de calificación o autorización previa”. Por tanto, no hay afectación en el Plan General de Ordenación Urbana del municipio de San Andrés del Rabanedo.
  • Con fecha de 21 de marzo de 2021, el técnico de Urbanismo emite informe desfavorable sobre los proyectos realizados por ADIF en el municipio en tanto en cuanto no se justifiquen aspectos técnicos por la empresa pública, si bien se remarca en este documento que las obras están sujetas al Artículo 7 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario.
  • Ese informe se ha planteado en las diferentes reuniones que se han mantenido con responsables de ADIF y del Ministerio subrayando la necesidad de plantear, a tenor de este informe, una modificación del Plan Regional de Ámbito Territorial para la planificación de las actuaciones urbanísticas derivadas de la implantación de las nuevas infraestructuras y equipamientos ferroviarios en León, San Andrés del Rabanedo, Onzonilla, Vega de Infanzones y Santovenia de la Valdoncina, aprobadas por la el Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León del 22 de julio de 2010, así como la adecuación del Plan General de Ordenación Urbana del municipio de San Andrés del Rabanedo.
  • El equipo de Gobierno no ha adoptado ningún acuerdo contrario a lo que se plasma en el informe técnico del 21 de marzo de 2021 y se ha trasladado a ADIF en diferentes ocasiones para que se subsanaran las deficiencias detectadas por los servicios técnicos municipales.
  • Las resoluciones de la Comisión de Patrimonio de la Junta de Castilla y León van dirigidas a ADIF como ejecutor y responsable de las obras, siendo competencia de este órgano las medidas disciplinarias que estime oportunas, por lo que el Ayuntamiento de San Andrés del Rabanedo no tiene información al respecto ni tampoco puede hacer otra cosa que colaborar, en caso de ser requerido, con la administración autonómica en todo lo necesario.
  • Desde el equipo de Gobierno se ruega que se verifiquen las informaciones antes de su publicación puesto que este tipo de artículos pueden afectar tanto las negociaciones como el desarrollo de las obras de permeabilidad y las de integración ferroviaria en el municipio de San Andrés del Rabanedo.

Ayuntamiento de
San Andrés del Rabanedo

C/ LOS PICONES, S/N 24191
TEL: 987 844 300

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