El Pleno del Ayuntamiento de San Andrés del Rabanedo en sesión ordinaria celebrada el día veintisiete de octubre de dos mil dieciséis, acordó la modificación provisional del artículo 5 DE LA ORDENANZA FISCAL Nº 6 TASA POR CONSERVACIÓN DE ALCANTARILLADO y artículo 5 de la ORDENANZA FISCAL Nº 7 TASA POR SUMINISTRO DE AGUA POTABLE y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en los artículos 15 y ss. Del RDLeg. 2/2004, de 5 de marzo que aprueba el Texto Refundido de la ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público el expediente por plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincial, con exposición en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento, Diario de León y página web del Ayuntamiento, a efectos de presentación de reclamaciones y sugerencias ante el Pleno, entendiéndose que de no producirse las mismas, el acuerdo hasta entonces provisional se entenderá definitivamente adoptado.
El expediente podrá ser consultado en la Casa Consistorial sita en la C/ Los Picones s/n de San Andrés del Rabanedo y en la web del Ayuntamiento.
En San Andrés del Rabanedo, a veintiocho de octubre de 2016.
LA ALCALDESA,
FDO. MARIA EUGENIA GANCEDO GARCIA
Descarga publicación provisional MODIFICACION ORDENANZA FISCAL Nº 6
Descarga publicación provisional MODIFICACION ORDENANZA FISCAL Nº 7
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