Oficina Virtual (7)
Oficina Virtual
La Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso de la Factura Electrónica y Creación del Registro Contable de Facturas en el Sector Público, en su artículo 6, establece la obligación de las Entidades Locales de disponer de un punto general de entrada de facturas electrónicas a través del cual recibir todas las facturas electrónicas que correspondan a entidades, entes y organismos vinculados o dependientes.
Por este motivo, el Ayuntamiento de San Andrés del Rabanedo ya ha adaptado su sistema informático para poder recibir las facturas en formato electrónico.
Así, desde el 15 de enero es obligatorio para los proveedores de la Administración Pública emitir Factura Electrónica que consiste en la transmisión de las facturas o demás comprobantes por medios de comunicación electrónicos, reemplaza el documento físico en papel, conservando su mismo valor legal, asegurando la autenticidad del origen y la integridad del contenido. La validez legal la otorga la firma electrónica basada en un certificado digital.
La e-factura tiene beneficios tanto para las empresas como para las Administraciones Públicas basadas en el ahorro de costes en la generación de facturas, mayor eficiencia en su gestión, intercambio de información sin error, entre otros.
El enlace para que los proveedores presenten las facturas es: http://face.gob.es
El Ayuntamiento de San Andrés del Rabanedo se ha adherido a la Plataforma Face, dónde se ha habilitado una Unidad Tramitadora. Los proveedores deberán remitir sus facturas al Ayuntamiento de San Andrés del Rabanedo utilizando dicha plataforma (http://face.gob.es). Obtendrán un justificante oficial donde constará la fecha y hora de su entrega al Ayuntamiento.
DEscarga Solicitudes
El servicio de Atención Ciudadana, dependiente de la Concejalía de Bienestar Social, Asociaciones y Atención al Ciudadano, tiene como misión ofrecer, a modo de Ventanilla Única Municipal, la información, trámites y servicios de todo el Ayuntamiento y municipio más demandados por sus ciudadanos:
INFORMACIÓN
REGISTRO DE ENTRADA
TRÁMITES EN EL ACTO Y POR TELÉFONO
PETICIÓN DE IMPRESOS Y DOCUMENTACIÓN
CITA PREVIA
OBJETOS PERDIDOS
AVISOS, QUEJAS Y SUGERENCIAS
¿CÓMO CONTACTAR?
Por teléfono 987 84 43 10
Abierto todos los días del año, excepto domingos y festivos.
Lunes a viernes de 9:00 a 14:00
Sábados de 9:00 a 13:00
En la oficina . C/ Los Picones s/n. (Ayuntamiento)
Por Internet
Descargar fichero del servicio 010
CONCEPTOS GENERALES
Obligado al pago: es la persona que tiene la obligación de hacer frente al pago del concepto. Puede tratarse de personas físicas y jurídicas.
Ordenante del pago: Es la persona que firma con su certificado digital la orden de pago. Puede coincidir o no con el obligado al pago.
Pago en nombre propio: En este caso coinciden en la misma persona el obligado al pago y el ordenante. Si es persona jurídica, debe ser representante legal del obligado, y autorizado en la cuenta bancaria en que se cargue el pago.
Pago en nombre de terceros: En esta modalidad el obligado al pago delega en una persona física o jurídica dicho pago, que pasará a ser el ordenante del pago y que ha de ser autorizado en la cuenta bancaria en que se cargue el pago.
Pago asistido: En este caso el obligado al pago o un tercero en su nombre, es asistido por otra persona que pasará a ser el ordenante del pago, pero el autorizado en la cuenta en la que se va a realizar el cargo, será el asistido.
CERTIFICADO DIGITAL
Para tener acceso al programa, puedes utilizar:
Certificado digital de personas físicas y de representantes de personas jurídicas emitidos por la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre .:
Si aún no lo tiene, lo puede descargar en la siguiente página: http://www.cert.fnmt.es/
El DNI electrónico
Es el ordenante del pago el que requiere un certificado digital, y deberá ser, en todo caso, el titular o autorizado de la cuenta de cargo. Este firmará y será el responsable de la ejecución del pago. Se puede pagar el recibo de otra persona siempre que el ordenante del pago sea el titular o autorizado de la cuenta, pero no se podrá pagar con la cuenta de otra persona. Sin certificado válido no podrás acceder al sistema, es el primer requisito que se solicita.
Cuenta Corriente
Deberás ser titular o autorizado de una cuenta corriente en alguna de las siguientes Entidades Colaboradoras:
Caja España
BBVA
La Caixa.
Para realizar pagos no será necesario disponer del servicio de Banca Telefónica, ni de Banca por Internet de las Entidades Colaboradoras, sino únicamente poseer:
Una cuenta corriente con un Código Cuenta Cliente (CCC) compuesto por 20 dígitos, o
Una tarjeta asociada a una cuenta corriente, de la que se introducirán los 16 dígitos de la misma, y la fecha de caducidad de la misma (MM/AA)
Habrá de tener en cuenta que la tarjeta no ha de estar caducada, y que el pago se realizará con cargo a la cuenta corriente y no sobre la tarjeta, por lo cual no se cargará ningún tipo de comisión.
Pago
El proceso tiene tres pasos:
Rellenar una página con datos necesarios para realizar el pago.
Firmar digitalmente esos datos
Obtener el justificante de pago
PÁGINA DE DATOS DE PAGO
Se presenta una pantalla en la que se van introduciendo los datos necesarios para identificar el concepto que se quiere pagar.
Aparecerá la siguiente pantalla:
Página de datos del Pago
Los campos obligatorios que debe rellenar son los siguientes:
“ELIJA EL CERTIFICADO”: Se seleccionará el certificado del ciudadano ordenante del pago, y que deberá constar ya en la lista de los certificados instalados en el PC. Puede introducir directamente el dato o por el contrario, seleccionarlo en el desplegable
“CONCEPTO A PAGAR”: Podrá seleccionar un valor del desplegable.
“REFERENCIA”: Se corresponde con la referencia del concepto cuyo pago va a realizarse y que aparece en el documento de cobro ( o carta de pago) según puede observarse en la figura siguiente:
ReferenciaEn este campo, el sistema validará que la longitud sea la correcta y en caso contrario, avisará con un mensaje:La longitud de la referencia no es correcta
“IDENTIFICACIÓN”: Se corresponde con la identificación del concepto cuyo pago va a realizarse y que figura en el documento de cobro:
Identificación
“IDENTIFICACIÓN DEL OBLIGADO AL PAGO”: Se pregunta si el obligado al pago es el titular del certificado:
En caso afirmativo, el sistema completa estos campos automáticamente.
Si el recibo es de otra persona, habrá que introducirlo tal y como aparece en el recuadro “SUJETO PASIVO/OBLIGADO AL PAGO” del documento de pago:
Sujeto Pasivo obligado al Pago
“IMPORTE”: Especificar el importe en euros, del pago que se va a realizar.
Importe
“ENTIDAD FINANCIERA”: Permite elegir entre una de las siguientes entidades en las que el ciudadano posea una cuenta corriente. (Caja España, BBVA, la Caixa).
“MEDIO DE PAGO”: Permite elegir si el pago se va a realizar introduciendo los datos de la cuenta corriente, o por el contrario, el número de la tarjeta asociado a esa cuenta corriente
“NÚMERO DE CUENTA CORRIENTE O IDENTIFICACIÓN DE LA TARJETA”: En el caso de que vayas a realizar el pago con el número de cuenta, deberás introducir dicho número ( 20 dígitos):
Entidad: 4 dígitos que se rellenan automáticamente por el sistema.
Sucursal: 4 dígitos
Dígito de control: 2 dígitos
Número de Cuenta: 10 dígitos
En caso de que vayas a realizar el pago con tarjeta, introduce el número de la misma (16 dígitos) y la fecha de caducidad (4 dígitos) con el siguiente formato (MM/AA).
FIRMA DE LA AUTORIZACIÓN DEL CARGO EN CUENTA
Aparece una pantalla con el siguiente texto:
Firma de la autorización
El firmante es la persona titular del certificado electrónico utilizado. Al pulsar el botón de “Firmar y Aceptar” el ciudadano autoriza el pago.
RESULTADO DEL PAGO
Si el pago se ha realizado correctamente, con la conformidad de la entidad de crédito en la que el titular tiene la cuenta, aparece una pantalla en la que se muestra la “ejecución con éxito” , así como se ofrece la posibilidad de imprimir la página para obtener un justificante del pago, y de otra te permite volver a comenzar con un nuevo proceso de pago:
Resultado del pago
En caso de que el pago no se haya completado con éxito, podrá aparecer en pantalla alguna de las siguientes situaciones:
Intento de pago no válido
Error en pago
Error técnico en pago
NRC error
En todos ellos, además de mostrar la descripción del error se indicará como proceder para intentar solucionar la situación.
Consulta de Pagos Telemáticos
En todo momento puedes consultar los pagos realizados a través de este sistema, siempre y cuando el titular del certificado digital sea:
• El ordenante del pago o
• El obligado al pago (aunque no lo hubiera realizado)
Se le presentará una pantalla como esta:
Deberá rellenar uno de los siguientes criterios para la búsqueda:
“Elija el certificado”
“Referencia”
“Identificación
Como resultado de la búsqueda, se presentará una pantalla con los pagos que cumplan los criterios de búsqueda indicados. Podrás pulsar encima de cada uno de ellos para obtener más detalles:
Resultado de búsqueda de pagos
El ciudadano tiene a su disposición el teléfono del Servicio de Atención a Usuarios (901 240 240),en el que se atenderán consultas referidas a la aplicación telemática de pago de impuestos de las Entidades Locales. El horario de atención a usuarios es de 9 de la mañana a 8 de la tarde, de lunes a viernes, y de 9 de la mañana a 2 de la tarde, los sábados.
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
A través del pago por Internet, puede abonar cualquier tipo de deuda, tanto en periodo voluntario como ejecutivo.
Puede acceder a través de la dirección:
También puede efectuar el pago desde la opción de “consulta de recibos”, disponible en Carpeta Ciudadana.
Consulta de Pagos Telemáticos
Si quiere consultar cualquier pago realizado anteriormente a través del pago telemático:
Requisitos
Certificado Digital emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (podrá obtenerlo en la siguiente dirección: http://www.cert.fnmt.es/ ) o DNI electrónico.
Cuenta corriente en Caja España, BBVA, La Caixa o tarjeta de crédito asociada a la anterior.
Documento de pago, o los siguientes Datos:
Concepto a pagar
Referencia
Identificación
NIF y nombre del sujeto pasivo/obligado al pago
Importe
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